Por normativa, no se puede trasladar a nivel particular un féretro, solo podría ser trasladado por una empresa funeraria autorizada para ello. Además, debe ser el centro competente quien realice todos los trámites relativos al traslado con Sanidad.
Pasados 5 años de la defunción, para realizar un traslado a nivel particular, se debería hacer una reducción previa de los restos y depositarlos en una caja específica para traslados.